Local comercial en Carabanchel Bajo-Vista Alegre, con 155 m² construidos, 136 m² útiles, 2 estancias, 2 aseos, para reformar, exterior
¡¡¡SIN COMISIÓN DE AGENCIA!!!
Local situado en la planta baja de un edificio de tres alturas sobre rasante.
Antigua sucursal bancaria, se distribuye en varias estancias y dos aseos
Alquilado
El Inmueble se encuentra arrendado a tercero con título de arrendamiento.
El Inmueble se transmitirá (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección y de conservación en el que se encuentre el Inmueble (v) arrendado con título a tercero y (vi) al corriente de Gastos e Impuestos que por Ley corresponda al Vendedor.
El Adquirente asumirá (i) la situación arrendaticia, subrogándose en los derechos y obligaciones del contrato de arriendo (ii) la situación urbanística en la que se encuentra el Inmueble (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble y (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble.
La Propiedad no responderá de (i) la solvencia del arrendatario (ii) los vicios vistos y aparentes del Inmueble (iii) la regularización registral o catastral del Inmueble (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) responsabilidad alguna en la obtención de la licencia de habitabilidad para la habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior.
En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arriendo por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el Adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías.