¡¡¡SIN COMISIÓN DE AGENCIA!!! - ¡¡¡INMUEBLE OCUPADO ILEGALMENTE!!!
Local comercial en esquina con una superficie construida de 129,11 m², ubicado en el madrileño barrio de Vallecas. El inmueble se encuentra dividido en varias estancias, aseo y almacén. El local cuenta con suelos cerámicos, carpintería interior de madera barnizada, aseo alicatado con sanitarios en porcelana vitrificada de color blanco, preinstalación de aire acondicionado.
El Inmueble se transmite ocupado por tercero sin título.
El Inmueble se transmitirá (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre el Inmueble (v) ocupado ilegalmente por tercero (vi) al corriente de Gastos e Impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vii) sin dotación de servicios y suministros.
El Adquirente asumirá (i) la situación ocupacional (ii) la situación urbanística y (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble y la adecuación de todo lo anterior.
La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) responsabilidad alguna en la obtención de la licencia de habitabilidad para la habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior.
Será de cuenta del Adquirente los tramites que conlleven la desocupación del Inmueble. Cabe la posibilidad de subrogarse en el procedimiento iniciado por la Vendedora.
El Régimen Fiscal al que queda sujeta la transmisión del Inmueble, será de aplicación el que corresponda según la Legislación Fiscal, cumplidos los requisitos que la misma establece para ello en este caso.
El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble.
En atención a las características del Inmueble, si fuera necesario para el Adquirente solicitar financiación ajena, deberá consultar previamente a llevar a cabo acción alguna sobre el Inmueble si el mismo puede ser financiado o no por entidad con capacidad para ello.